La ordenanza establece requisitos comunes para conductores y vehículos, incorpora una oblea identificatoria con código QR y fija un plazo de 60 días para que los prestadores se adecuen. También contempla controles, multas, inhabilitaciones y el secuestro de unidades que funcionen sin autorización.
El Honorable Concejo Deliberante de General Alvarado aprobó la Ordenanza Municipal Nº 181/26, que establece un nuevo marco regulatorio para el transporte de pasajeros mediante taxis, remises y plataformas electrónicas como Uber, Didi y Cabify.
La normativa, sancionada el 29 de julio, surgió a partir de una iniciativa conjunta entre el Municipio y entidades locales vinculadas al transporte. Según se informó oficialmente, uno de sus principales objetivos es ordenar la actividad, proteger el trabajo local y establecer condiciones similares para todas las modalidades.
Conductores y vehículos deberán estar habilitados en el distrito
Para prestar el servicio será obligatorio contar con licencia profesional vigente, seguro específico para el transporte de pasajeros, Verificación Técnica Vehicular aprobada, libre deuda municipal y habilitación anual.
Los vehículos deberán estar radicados en el Partido de General Alvarado y los titulares tendrán que registrar ante el Municipio a cada uno de los conductores autorizados. También deberán presentar certificado de antecedentes penales y cumplir con las condiciones técnicas y de mantenimiento previstas por la ordenanza.
La antigüedad máxima permitida para las unidades será de 15 años, aunque podrá concederse una prórroga excepcional de hasta cinco años cuando el vehículo reúna condiciones técnicas satisfactorias.
Además, cada automóvil tendrá que llevar una oblea identificatoria en el parabrisas y la luneta trasera. La identificación incluirá un código QR con información sobre el titular, los choferes registrados y los vencimientos de la documentación.
Solo los taxis podrán levantar pasajeros en la calle
Una de las principales diferencias establecidas por la nueva normativa es que únicamente los taxis estarán autorizados a captar pasajeros directamente en la vía pública y utilizar las paradas oficiales.
En cambio, los remises y los vehículos que trabajen mediante aplicaciones deberán realizar los viajes exclusivamente a partir de una contratación previa, ya sea telefónica, presencial o mediante una plataforma electrónica registrada. Levantar pasajeros en la calle sin una solicitud previa será considerado una falta grave.
Multas y secuestro de vehículos
La ordenanza faculta al Municipio para realizar operativos de fiscalización, labrar infracciones y disponer el secuestro preventivo de vehículos que presten servicios sin la habilitación correspondiente.
Las sanciones económicas podrán oscilar entre 50 y 1.000 Unidades Fijas, según la gravedad del incumplimiento. También se contemplan inhabilitaciones temporales, la caducidad de las licencias y el secuestro de las unidades. Las plataformas que permitan operar a vehículos o conductores no autorizados podrán ser consideradas responsables y sancionadas.
Las direcciones municipales de Inspección General y de Tránsito serán las autoridades encargadas de aplicar la normativa. Los prestadores tendrán un plazo de 60 días corridos desde su promulgación para completar la adecuación y, una vez vencido ese período, comenzarán los controles y las sanciones previstas.
Para recibir información o iniciar los trámites correspondientes, los interesados podrán acercarse a la Dirección de Inspección General, ubicada en calle 17 Nº 1630, de lunes a viernes, de 7:00 a 13:00. La ordenanza completa se encuentra disponible en el sitio oficial del Municipio de General Alvarado.
