Un juez federal declaró inconstitucional la cláusula del decreto con la que el Gobierno había condicionado la ejecución de la Ley de Financiamiento Universitario. La resolución obliga al Ejecutivo a poner en marcha la norma, que contempla actualización de salarios, becas, gastos de funcionamiento e investigación. El Gobierno adelantó que apelará.
La disputa por el financiamiento de las universidades públicas sumó este martes un capítulo decisivo. El juez federal Martín Cormick, titular del Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 11, declaró inconstitucional parte del Decreto 759/2025 y ordenó al Poder Ejecutivo cumplir de manera inmediata con la Ley 27.795 de Financiamiento de la Educación Universitaria y Recomposición del Salario Docente.
La decisión alcanza directamente a las universidades nacionales de todo el país y, por lo tanto, también a la Universidad Nacional de La Plata (UNLP), una de las instituciones que durante los últimos meses acompañó los reclamos del sistema universitario por la aplicación efectiva de la norma.
Qué resolvió la Justicia
El fallo hizo lugar a los planteos impulsados por el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) y la Universidad de Buenos Aires contra el mecanismo utilizado por el Ejecutivo al promulgar la ley.
La Ley 27.795 había sido sancionada por el Congreso en agosto de 2025, vetada posteriormente por el presidente Javier Milei y ratificada por ambas cámaras con las mayorías necesarias para insistir con su sanción. Finalmente, el Ejecutivo la promulgó mediante el Decreto 759/2025, pero incorporó una referencia al artículo 5° de la Ley 24.629 que, en los hechos, condicionó su aplicación a la disponibilidad y determinación de las partidas presupuestarias correspondientes.
Cormick consideró que ese mecanismo no resultaba razonable y que funcionaba como una nueva instancia de veto después de que el Congreso ya hubiera rechazado el veto presidencial.
Uno de los puntos centrales del fallo es que la propia Ley de Financiamiento establece en su artículo 9° mecanismos para la obtención y reasignación de los recursos necesarios para ponerla en práctica.
Qué establece la Ley de Financiamiento Universitario
La norma tiene un alcance considerablemente más amplio que una simple actualización de las partidas destinadas al funcionamiento cotidiano de las casas de estudio.
Entre otras medidas, establece la recomposición de los gastos de funcionamiento de las universidades públicas; la actualización salarial de docentes y trabajadores nodocentes de acuerdo con la evolución de la inflación; la convocatoria periódica a negociaciones paritarias; la recomposición de programas de becas como Progresar y Manuel Belgrano; y partidas destinadas al sistema científico y tecnológico.
También contempla recursos vinculados con infraestructura, equipamiento, extensión universitaria y políticas destinadas a favorecer el ingreso, permanencia y egreso de los estudiantes.
Qué significa para la UNLP
Para una institución de las dimensiones de la Universidad Nacional de La Plata, el cumplimiento de la ley no se limita al presupuesto destinado a mantener abiertos los edificios.
El financiamiento atraviesa prácticamente todas las actividades universitarias: salarios docentes y nodocentes, becas estudiantiles, investigación científica, extensión, infraestructura, equipamiento y funcionamiento de las distintas unidades académicas.
La propia UNLP viene acompañando durante 2026 los planteos del Consejo Interuniversitario Nacional para que la ley sea aplicada. En mayo, las universidades nacionales advirtieron que las transferencias al sistema habían acumulado una caída real del 45,6% entre 2023 y 2026 y señalaron que los salarios universitarios habían perdido alrededor de un 32% de poder adquisitivo entre noviembre de 2023 y febrero de este año.
El reclamo del sistema universitario apunta justamente a que la discusión deje de concentrarse únicamente en la posibilidad de mantener funcionando las instituciones y alcance también las condiciones necesarias para sostener la enseñanza, la investigación, la extensión y las políticas de bienestar estudiantil.
El conflicto judicial todavía no terminó
La resolución conocida este martes corresponde a un fallo de primera instancia y no significa que la disputa haya quedado definitivamente resuelta.
El Gobierno nacional ya anticipó que apelará la decisión. Desde el Ejecutivo sostienen que es el Congreso el que debe establecer de dónde surgirán los recursos necesarios para afrontar el incremento del gasto previsto por la ley.
La posición choca con el argumento central del juez Cormick, quien entendió que la propia legislación aprobada por el Congreso contiene herramientas para realizar las adecuaciones presupuestarias y que el Ejecutivo no puede impedir mediante un decreto la ejecución de una ley que ya atravesó todo el procedimiento constitucional, incluido el rechazo del veto presidencial.
Mientras esa discusión continúa en los tribunales, el fallo vuelve a colocar al financiamiento universitario en el centro de la agenda nacional y representa un nuevo respaldo judicial al reclamo que las universidades públicas vienen sosteniendo durante todo el año.
